Respuesta rápida

Revisa diez puntos: aeródromos, helipuertos, espacio aéreo, NOTAM, personas, predio, ANP, patrimonio, clima y línea de vista. Permiso del predio y requisitos aeronáuticos son revisiones diferentes.

Método de verificación de la locación

  1. Aeródromos. Identifica instalaciones cercanas; separación general de 9.2 km.
  2. Helipuertos. Revisa la separación general de 0.900 km.
  3. Espacio aéreo. Verifica si existen zonas prohibidas, restringidas, peligrosas o espacio controlado.
  4. NOTAM. Consulta avisos antes de operar; la fecha importa.
  5. Personas. Evalúa público, trayectorias y restricciones sobre personas.
  6. Predio. Consulta al propietario o administrador, accesos, privacidad y reglas del recinto.
  7. ANP. Revisa el programa de manejo específico y CONANP.
  8. Patrimonio / INAH. Confirma la autorización correspondiente para equipo especial o profesional.
  9. Clima. Confirma condiciones compatibles con una operación segura.
  10. Línea de vista. Planea una trayectoria que permita mantener la supervisión visual aplicable.

Cerca de aeródromos o helipuertos

Las reglas generales son 9.2 km de aeródromos y 0.9 km de helipuertos. Las operaciones especiales tienen requisitos, franjas y limitaciones adicionales. No basta con decir “con permiso puedes volar”.

En el régimen especial Micro/Pequeño del apartado correspondiente se prohíbe operar dentro de 3.7 km del aeródromo y dentro de 0.200 km del helipuerto. Las franjas exteriores tienen alturas específicas. Esta guía no reconstruye toda la ruta especial: dirígete a AFAC para tu caso.

Áreas Naturales Protegidas

CONANP indica que el uso de drones está regulado y que debe revisarse el programa de manejo de cada área. Para filmaciones, fotografía o captura de imágenes comerciales dentro de ANP existe un trámite específico. La autorización de conservación y la revisión aeronáutica no se sustituyen entre sí.

Zonas, monumentos y museos INAH

La filmación, fotografía y videograbación con equipo especial o profesional en sitios bajo custodia del INAH requieren revisar la autorización del Instituto, identificada en el trámite INAH-01-001. No asumas que una entrada al sitio o una autorización del predio permiten usar cualquier equipo.

Ejemplo práctico: exterior con acceso autorizado

Una producción obtiene acceso a un inmueble. Antes de confirmar la toma aérea, revisa helipuertos, espacio aéreo, NOTAM y público. Si aparece una condición especial, cambia el análisis aunque el propietario haya autorizado la filmación.

Un espacio completamente interior

La NOM-107 indica que no aplica a RPAS operados en espacios cerrados. El propietario de la instalación y el organizador del evento son responsables de establecer medidas de seguridad. Permanecen otras reglas de propiedad, privacidad, seguridad y del recinto. No apliques automáticamente radios aeroportuarios a un vuelo completamente interior.

Preguntas frecuentes

No como autorización automática. Debes verificar fecha, operación, espacio aéreo y reglas de cada lugar.

No. Las revisiones aeronáuticas y las del Instituto son distintas.

No. También cuentan espacio aéreo, NOTAM, personas, predio, clima y condiciones especiales.

Fuentes oficiales

  • Diario Oficial de la Federación. NOM-107-SCT3-2019, publicación original del 14 de noviembre de 2019; entrada en vigor el 13 de enero de 2020.
  • CONANP. El papel de los drones en la conservación, abril de 2026; listado oficial de trámites para filmación y fotografía comercial en ANP.
  • INAH. Trámite INAH-01-001 para fotografía, filmación y videograbación profesional.

Consulta los canales oficiales de cada autoridad para confirmar el criterio y los trámites aplicables a tu operación.

Usa la herramienta para revisar tu caso por peso, uso y condiciones.

Consulta la guía general de la NOM-107 y las reglas de operación.