Respuesta rápida
Revisa diez puntos: aeródromos, helipuertos, espacio aéreo, NOTAM, personas, predio, ANP, patrimonio, clima y línea de vista. Permiso del predio y requisitos aeronáuticos son revisiones diferentes.
Método de verificación de la locación
- Aeródromos. Identifica instalaciones cercanas; separación general de 9.2 km.
- Helipuertos. Revisa la separación general de 0.900 km.
- Espacio aéreo. Verifica si existen zonas prohibidas, restringidas, peligrosas o espacio controlado.
- NOTAM. Consulta avisos antes de operar; la fecha importa.
- Personas. Evalúa público, trayectorias y restricciones sobre personas.
- Predio. Consulta al propietario o administrador, accesos, privacidad y reglas del recinto.
- ANP. Revisa el programa de manejo específico y CONANP.
- Patrimonio / INAH. Confirma la autorización correspondiente para equipo especial o profesional.
- Clima. Confirma condiciones compatibles con una operación segura.
- Línea de vista. Planea una trayectoria que permita mantener la supervisión visual aplicable.
Cerca de aeródromos o helipuertos
Las reglas generales son 9.2 km de aeródromos y 0.9 km de helipuertos. Las operaciones especiales tienen requisitos, franjas y limitaciones adicionales. No basta con decir “con permiso puedes volar”.
En el régimen especial Micro/Pequeño del apartado correspondiente se prohíbe operar dentro de 3.7 km del aeródromo y dentro de 0.200 km del helipuerto. Las franjas exteriores tienen alturas específicas. Esta guía no reconstruye toda la ruta especial: dirígete a AFAC para tu caso.
Áreas Naturales Protegidas
CONANP indica que el uso de drones está regulado y que debe revisarse el programa de manejo de cada área. Para filmaciones, fotografía o captura de imágenes comerciales dentro de ANP existe un trámite específico. La autorización de conservación y la revisión aeronáutica no se sustituyen entre sí.
Zonas, monumentos y museos INAH
La filmación, fotografía y videograbación con equipo especial o profesional en sitios bajo custodia del INAH requieren revisar la autorización del Instituto, identificada en el trámite INAH-01-001. No asumas que una entrada al sitio o una autorización del predio permiten usar cualquier equipo.
Ejemplo práctico: exterior con acceso autorizado
Una producción obtiene acceso a un inmueble. Antes de confirmar la toma aérea, revisa helipuertos, espacio aéreo, NOTAM y público. Si aparece una condición especial, cambia el análisis aunque el propietario haya autorizado la filmación.
Un espacio completamente interior
La NOM-107 indica que no aplica a RPAS operados en espacios cerrados. El propietario de la instalación y el organizador del evento son responsables de establecer medidas de seguridad. Permanecen otras reglas de propiedad, privacidad, seguridad y del recinto. No apliques automáticamente radios aeroportuarios a un vuelo completamente interior.
Preguntas frecuentes
¿Puedo confiar en una lista de lugares para volar?
No como autorización automática. Debes verificar fecha, operación, espacio aéreo y reglas de cada lugar.
¿AFAC sustituye la autorización del INAH?
No. Las revisiones aeronáuticas y las del Instituto son distintas.
¿Los radios generales bastan para decidir?
No. También cuentan espacio aéreo, NOTAM, personas, predio, clima y condiciones especiales.
Fuentes oficiales
- Diario Oficial de la Federación. NOM-107-SCT3-2019, publicación original del 14 de noviembre de 2019; entrada en vigor el 13 de enero de 2020.
- CONANP. El papel de los drones en la conservación, abril de 2026; listado oficial de trámites para filmación y fotografía comercial en ANP.
- INAH. Trámite INAH-01-001 para fotografía, filmación y videograbación profesional.
Consulta los canales oficiales de cada autoridad para confirmar el criterio y los trámites aplicables a tu operación.
Usa la herramienta para revisar tu caso por peso, uso y condiciones.
Consulta la guía general de la NOM-107 y las reglas de operación.
